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  • ¿Cuáles medidas ha comunicado Hacienda mientras se mantiene fuera de funcionamiento la plataforma virtual ATV?
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¿Cuáles medidas ha comunicado Hacienda mientras se mantiene fuera de funcionamiento la plataforma virtual ATV?

12 mayo 2022

A esta fecha se mantiene sin funcionamiento la plataforma ATV (Administración Tributaria Virtual), esto implica que no es posible realizar la presentación de declaraciones de impuestos, pagar por medio de ese canal y tampoco utilizar el sistema de facturación electrónica gratuita de Hacienda.

De seguido resumimos los principales comunicados y medidas que han adoptado las Autoridades de Hacienda para permitir la continuidad del pago de impuestos y de otros trámites esenciales:

Formulario de pago D110. En primer lugar, se encuentra suspendida la obligación de presentación de las declaraciones autoliquidativas de impuestos, siendo obligación de los contribuyentes su preparación y cálculo únicamente para proceder al pago mediante formulario D110 que puede descargarse del enlace disponible en la página de Hacienda. Es importante que los contribuyentes sean recelosos a la hora de acceder a los sitios para descarga de formularios, toda vez que esta situación que vivimos se presta para intentos de estafa; recuerde que Hacienda no está pidiendo regenerar claves de acceso por ningún medio.

Inscripción y Desinscripción de contribuyentes. Adicionalmente, se han habilitado formularios- cuyos enlaces también están disponibles en la página de Hacienda- para la inscripción y desinscripción del Registro único tributario.

Plan de contingencia para usuarios de facturar gratuito de ATV. Para los contribuyentes que utilizan el facturador electrónico gratuito, se ha aclarado que aplica en este momento lo dispuesto por la reglamentación para comprobantes electrónicos al encontrarse en un supuesto de contingencia- según artículo 23 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos, por lo que se deberán emitir comprobantes físicos de contingencia autorizados.

Las Imprentas autorizadas cuentan con estos comprobantes físicos para que puedan ser utilizados durante esta etapa de contingencia y posteriormente, al reestablecerse el sistema, se deberá proceder con la emisión del comprobante electrónico. Es importante aclarar que los sistemas de validación de comprobantes de Hacienda sí se encuentran funcionando, por lo que esa medida no aplica para contribuyentes que utilizan sistemas privados de facturación.

Vencimiento de llaves criptográficas. Otra situación que ha generado dudas, es la de aquellos contribuyentes cuya llave criptográfica/firma para emisión de comprobantes electrónicos se ha vencido o se encuentra próxima a vencer, al respecto Hacienda ha aclarado que si se trata de una persona física es posible utilizar la firma digital emitida por el Banco Central, para el caso de una persona jurídica, será posible utilizar el certificado de firma corporativo “sello electrónico” y en caso que no se cuente con esas firmas electrónicas, se deberán adoptar las medidas de contingencia y emitirse comprobantes preimpresos o por sistema computarizado.


Una vez repasadas las principales medidas que se han tomado por parte de Hacienda, no omitimos recomendar que se custodien los formularios de impuestos, sus papeles de trabajo y documentos soporte, ya que, una vez que se reestablezcan los sistemas, se deberá proceder con las presentaciones pendientes, las cuales deberán coincidir con los montos pagados. Además, es sumamente importante custodiar los recibos de pago para que se pueda comprobar que se han aplicado y que se reflejan correctamente en el estado de cuenta tributario del contribuyente.

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