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  • Tributación Cierra Hoteles por
    Incumplimiento Tributario

    ¿Qué debo saber para evitar este tipo de sanción?

Artículo:

Tributación Cierra Hoteles por Incumplimiento Tributario-¿Qué debo saber para evitar este tipo de sanción?

05 mayo 2023

Marianela Masís, Socia de Impuestos - Coordinador Internacional de Impuestos |

Una de las potestades que tiene Hacienda es la de aplicación de sanciones, siendo una de las más graves, la sanción de cierre de negocio que está regulada en el artículo 86 del Código Tributario.  Precisamente, esta semana vimos como la Dirección General de Tributación ordenó el cierre de dos hoteles temporalmente aduciendo incumplimientos tributarios.

Los contribuyentes deben saber que ciertos incumplimientos se consideran más graves y traen como consecuencia la aplicación de la sanción de cierre de negocio:  nos referimos a incumplimientos en la emisión de la factura, o en la omisión de enterar al fisco las retenciones que se hayan realizado por concepto de Impuesto al Valor Agregado y de Impuesto al Salario.  Debe tomarse en cuenta que, según lo establece la Ley, se debe dar un apercibimiento al contribuyente que incumplió con ese pago previo a que se considere configurada la sanción.

Además, tras notificarse el inicio del proceso sancionatorio, se deberá permitir el ejercicio de una defensa y presentación de argumentos de descargo. Tras una resolución de la Sala Constitucional al respecto, se ha concluido que las autoridades no pueden aplicar tales medidas de forma automática, sin considerar por ejemplo circunstancias atenuantes o eximentes de responsabilidad.

En los casos de cierre que se han ejecutado esta semana se atribuye ese incumplimiento en el pago del Impuesto General sobre las Ventas (ahora Impuesto al Valor Agregado) y de retenciones de Impuesto al Salario y por ello, el buen manejo de los pagos de estas retenciones deben ser un asunto prioritario para los negocios.

Un descuido reiterado en tales extremos supone el riesgo de soportar estos procesos sancionatorios y finalmente sufrir el cierre temporal del negocio con todo lo que ello implica: desde la suspensión de la actividad generadora de ingresos, hasta daño reputacional con nuestros clientes.