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  • Aspectos básicos del derecho ambiental en Costa Rica
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Aspectos básicos del derecho ambiental en Costa Rica

08 febrero 2023

Qué es el derecho ambiental

Es el estudio y la aplicación de las normas y principios que reconocen el derecho que tiene la sociedad, así como cada uno de sus individuos a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado con el fin de alcanzar la armonía entre los social, económico y ambiental. 

Tutela del derecho ambiental

El derecho ambiental tutela las relaciones y actividades del ser humano con su entorno, entendiéndose como el entorno el espacio en el que conviven las personas incluyendo, pero no limitado a sus condiciones laborales, familiares, educativas, económicas, de salud y bienestar.

Derecho a un ambiente sano como derecho humano

La Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) reconoce el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible como un derecho humano, por su parte, el artículo 50 de nuestra Constitución Política establece:

El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho.

Este derecho debe ser promovido por el Estado y sus habitantes, respetando siempre la búsqueda común de un desarrollo sostenible que satisfaga las necesidades del presente, sin comprometer las de las  futuras generaciones.

Concepto de Sostenibilidad y Debida diligencia

"El desarrollo sostenible es el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las suyas." -Nuestro futuro común: Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Informe Brundtland), 1987.

El desarrollo sostenible busca promover la integración de los componentes ambientales, económicos y sociales, contribuyendo así, a fomentar: el crecimiento económico responsable y equitativo, la conservación de los recursos naturales y atención de las necesidades de los miembros de la sociedad.

Debida diligencia: La debida diligencia en materia ambiental y de derechos humanos es un modo de gestionar en forma proactiva los riesgos reales y potenciales de los efectos adversos en los derechos y la dignidad de las personas, que incluyen los siguientes componentes básicos:

  1. Identificación y evaluación de los efectos adversos reales o potenciales sobre los derechos humanos que una empresa haya causado o contribuido a causar a través de sus actividades, o que guarden relación directa con las operaciones, los productos o los servicios prestados por sus relaciones comerciales
  2. Integración de los resultados de las evaluaciones en los procesos de la empresa
  3. Seguimiento de la eficacia de las medidas y procesos adoptados
  4. Comunicar de qué manera se encaran los efectos adversos y demostrar a las partes interesadas que existen políticas y procesos adecuados.

(Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos a la Asamblea General, octubre de 2018 (A/73/163).